martes, 14 de junio de 2011

LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA EN LA CONSTITUCION ESPAÑOLA


LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA EN LA HISTORIA CONSTITUCIONAL
MEMORIA HISTÓRICA
PARA COMPRENDER MEJOR LAS PROPUESTAS DE CADA sociedad intermedia ( en éste caso sindicatos de enseñanza) Y SUS OBJETIVOS se hace necesario estudiar……..
“Los padres , por derecho natural , son los primeros y principales responsables de la educación de sus hijos”
La cuestión educativa siempre ha sido objeto de constantes enfrentamientos. Se trata de una materia trascendental y con una indudable carga ideológica a lo largo de la historia constitucional española. Durante todo el siglo XIX , la enseñanza se ha visto condicionada por el papel preponderante que ha ocupado la Iglesia en el marco de un Estado confesional.
La Constitución española vigente ha roto con esta tradición histórico-constitucional en dos aspectos esenciales: proclamando la aconfesionalidad del Estado y la consecuente libertad religiosa y , asimismo , reconociendo expresamente por vez primera la libertad de enseñanza entendida ésta en un sentido amplio, abarcando todo el conjunto de libertades y derechos en el terreno de la educación.
HAGAMOS UN BREVE REPASO:
1.- LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA EN LA HISTORIA CONSTITUCIONAL ESPAÑOLA.
La Constitución de 1812

Tal es la importancia que se otorga a la cuestión educativa que de los 10 títulos de que consta la Constitución de 1812 , se dedica íntegramente uno de ellos a dicha cuestión: se trata del Título IX – De la Instrucción Pública – que consta tan sólo de seis preceptos ( arts. 366 a 371) y , cabe señalar  que , aun cuando la urgencia de la reforma política impidiera darle un tratamiento más extenso , lo cierto es que incorpora principios fundamentales de extraordinaria influencia posterior , sentando las bases de la tendencia uniformista del liberalismo español. Se trata , en definitiva , de un Título de clara influencia francesa , en el que lo destacable es la proclamación del carácter público de la educación.
El Discurso Preliminar que fue presentado por la Comisión al Pleno de las Cortes contenía un apartado dedicado a los principios en que se basaba cada uno de los artículos que integraban el Título que la Constitución reservó a la instrucción pública.En primer lugar, se destacaba la importancia que tenía la instrucción pública para alcanzar la felicidad del país , en terminos parecidos a los expuestos por los reformistas en el siglo anterior; para los liberales en el siglo XIX , igual que para los ilustrados del XVIII , la cultura seguía siendo una panacea con la que se pretendía sanar todos los males que se encontraban en la sociedad. De aquí que la instrucción necesariamente hubiera de convertirse en un instrumento en manos del Estado. Y éste , para poder asumir esta responsabilidad , estaba obligado a poner todos los medios necesarios para lograr que la instrucción pública cumpliera los fines que como institución social y política se le asignaban.Así , esta instrucción debía de tener dos características: generalidad y uniformidad.
Si repasamos los artículos vemos que el 371 se refiere a la libertad de expresión.Lo que muestra la íntima conexión que para el liberalismo español existía entre la educación y la libertad de expresión.(1)
(1)  Cristina Rodríguez Coarasa en su trabajo de investigación sobre la libertad de enseñanza en España.Doctora en Derecho por la Universidad Complutense y profesora de Derecho Constitucional.Diplomada en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Constitucionales, centra su labor de investigación en el campo de los derechos fundamentales, así como en cuestiones de derecho parlamentario.
1.-1.-DISPOSICIONES ESPECÍFICAS EN MATERIA DE EDUCACIÓN

EL “ INFORME QUINTANA”
EL REGLAMENTO GENERAL DE INSTRUCCIÓN  PÚBLICA DE 1821.
EL “ PLAN CALOMARDE”
EL “PLAN DUQUE DE RIVAS” DE 1836
LA “LEY SOMERUELOS” DE 1838.
EL “PLAN VIDAL”
LA “LEY MOYANO” DE 1857
2.-LA “DÉCADA RENOVADORA”: 1860-1870
EL KRAUSISMO EN ESPAÑA
LA “PRIMERA CUESTIÓN UNIVERSITARIA”
LOS DECRETOS DE 1868
3.-LA CONSTITUCIÓN DE 1869
LA “SEGUNDA CUESTIÓN UNIVERSITARIA”: Circular y Decreto del Ministro Orovio.
4.-LA CONSTITUCIÓN DE 1876
LA “CIRCULAR ALBAREDA”: Primer reconocimiento expreso de la libertad de cátedra.
ACONSEJO LECTURA
TEXTOS BÁSICOS DEL TC SOBRE LA LIBERTAD DE CÁTEDRA
13 / 11 / 1981  sentencia BOE   24 / 11 / 1981
Sentencia BOE 307  , 23 / 12/ 1992
17 / 12 / 1996  sentencia BOE

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