RÉPLICA A LAS DECLARACIONES DE JOSEP BARGALLÓ
“ Nosotros subvencionamos la educación , pero no el ideario”
EL DINERO PÚBLICO ES DE TODOS Y USTEDES DEBEN GARANTIZAR QUE SE CUMPLA EL ARTÍCULO 27 DE LA CONSTITUCIÓN ( LES GUSTE Ó NO LES GUSTE)
“ ……sus alumnos no tienen porqué compartirlo al cien por cien….”
ARTÍCULO 115 DE LA LOE Y MUY IMPORTANTE PARA TODOS:
1.- CARÁCTER PROPIO DE LOS CENTROS
Interesa mucho observar las diferencias entre éste artículo de la LOE y el 73 de la derogada LOCE.
El TC sentencia 77/1985 sobre la LODE lo dejó claro.
La LOE omite el párrafo de 73 LOCE que acababa diciendo:”… la elección de centro por parte de las familias y alumnos comportará la aceptación del carácter propio de éste”
SE HA SUPRIMIDO EN LA LOE
Sobre ésta cuestión también se ha pronunciado el Tribunal Constitucional
Sentencia 5/1981, FJ 12
Sentencia 77/1985, FJ 9
VALE LA PENA COMPARAR:
Artículo 116.5 de la LOE y el artículo 75.5 de la derogada LOCE en el sentido atribuido a necesidades de escolarización:
Según la LOCE , las necesidades de escolarización a las que deben responder los centros concertados tienen una relación directa con el ejercicio del derecho de los padres a la libre elección de centro escolar y , por tanto con la demanda de plazas escolares por parte de las familias.
( carácter cuantitativo y cualitativo)
Según la LOE , sólo carácter cuantitativo.Los centros privados se mantendrían mientras las plazas que ofrecen fuesen necesarias.
RESPECTO A LO ATADO que se siente Josep Bargalló por la existencia de un CONCORDATO.
La asignatura de religión responde a la exigencia del artículo 27 de la Constitución: LOS PADRES TIENEN DERECHO A EDUCAR A SUS HIJOS SEGÚN SUS CONVICCIONES.
Ya SABEMOS QUE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 2ª DE LA LOE OMITE este derecho constitucional.POR ESO DECIMOS NO A ESTA LOE.
“…nos preocupa + que la asignatura de religión los contenidos…….”
QUE NO LES PREOCUPE PUES INSISTO SON LOS padres los primeros y principales responsables de la educación de sus hijos. NO EL ESTADO.
No hay comentarios:
Publicar un comentario